CRITERIOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA SUSPENSIÓN EVENTUAL O DEFINITIVA DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE POSGRADO DE LA UGR
Establecer los mecanismos a través de los cuales: a. se definen los criterios para la suspensión temporal o definitiva del título b. se salvaguardan los derechos del alumnado que curse las enseñanzas suspendidas c. se toma decisiones sobre la suspensión eventual o definitiva del Posgrado ALCANCE: Se trata de un procedimiento común a todos los Títulos Oficiales de Posgrado de la UGR
Criterios para la suspensión temporal o definitiva de un Título de Posgrado de la UGR: Máster en Métodos y Técnicas Avanzadas en Física
La revisión y actualización periódica de estos criterios, así como el establecimiento de los límites concretos para cada uno de ellos será presentada por la CGICP, al Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado y al Consejo de Gobierno de la UGR.
Mecanismos establecidos para salvaguardar los derechos del alumnado que curse las enseñanzas suspendidas hasta su finalización:
El Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado, teniendo en cuenta la normativa establecida por la UGR, decidirá y hará públicos los mecanismos que permitirán a los estudiantes la superación de las enseñanzas una vez extinguidas; estos mecanismos harán referencia a:
El Vicerrectorado para la Garantía de la Calidad, tras el análisis de la Memoria de Seguimiento del Posgrado (MSP-15) elaborada por la CGICP y remitida a este Vicerrectorado, emitirá un informe sobre el estado del SGIC del Posgrado, de los indicadores de calidad de mismo y, en su caso, realizará nuevas recomendaciones de mejora que serán integradas en el Plan de Mejora siguiente. Este informe se remitirá al coordinador/a del Posgrado que lo hará llegar a la CGICP y al Máster en Métodos y Técnicas Avanzadas en Física Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado quien valorará el cumplimiento, o no, por el título, de los criterios establecidos para la suspensión temporal o definitiva de mismo. Cuando proceda, el Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado tendrá en cuenta los informes de seguimiento externos y/o el informe de acreditación.
En caso de que el Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado considere la suspensión del título comunicará de ello a la CGICP y al Equipo de Gobierno de la UGR, para que el Consejo de Gobierno apruebe la suspensión temporal o definitiva del mismo así como los mecanismos para salvaguardar los derechos de los estudiantes que cursan la enseñanza suspendida.
Estos acuerdos se expondrán en la web del posgrado para el conocimiento de toda la comunidad universitaria. La CGICP hará un seguimiento detallado de estos estudiantes asegurando el cumplimiento de sus derechos e informando anualmente sobre la situación de la titulación suspendida al Consejo Asesor de la Escuela Internacional de Posgrado, quien informará al Consejo de Gobierno de la UGR.