Acceso y admisión

Requisitos

Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.

Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Master.

Resolución de 24 de febrero de 2017, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 23 de febrero de 2017, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2017-2018 (PDF)

Perfil de ingreso

  • Se requiere cumplir los requisitos establecidos por el Distrito Único Andaluz para la realización de la preinscripción en estudios de Master.

  • El Máster está dirigido a estudiantes interesados en adquirir competencias avanzadas en la tutela del patrimonio histórico-artístico y el conocimiento de las manifestaciones artísticas de distintas comunidades en un espacio compartido, evidenciando la riqueza, la complejidad y las expresiones de mestizaje manifestadas a través del paradigma estético andalusí.

  • El alumno de este Máster deberá disponer de curiosidad intelectual, inquietudes culturales, disponibilidad y habilidad para el trabajo científico, responsabilidad y buena disposición para el trabajo en equipos multidisciplinares.

  • El perfil recomendado de ingreso es el de titulados en Historia del Arte, si bien podrán acceder alumnos procedentes de otras titulaciones afines y cuyas especialidades guarden relación científica con el programa de estudios de este máster.

  • Fundamentalmente, este máster está también recomendado a licenciados y graduados en Historia, Arqueología, Humanidades, Arquitectura, Arquitectura Técnica, Bellas Artes, Turismo, Conservación y Restauración de Bienes Culturales y Ciencias de la Música; si bien pueden contemplarse otras vías de acceso debido a la interdisciplinariedad de estos estudios y al presumible acceso de estudiantes de otros países de la Unión Europea o de Hispanoamérica.

  • Para la realización del Máster se considera, de acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de Distrito Único Universitario de Andalucía, tres niveles de prioridad de las titulaciones:

    • Prioridad alta: Licenciatura o Grado en Historia del Arte.

    • Prioridad media: Licenciatura o Grado en Historia, Humanidades, Arqueología, Bellas Artes, Conservación y Restauración de Bienes Culturales, Turismo y Arquitectura.

    • Prioridad baja: Licenciatura o Grado en Ciencias de la Música, Literaturas Comparadas, y Arquitectura Técnica.

  • En todos los casos, deberán poseer unos conocimientos básicos de Historia del Arte para poder seguir adecuadamente las enseñanzas.

Criterios generales de acceso UGR

Como norma general de acceso, se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, así como lo establecido en el Artículo Único del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el anterior:

Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.

Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.

La ley 15/2003, de 22 de diciembre, andaluza de Universidades, determina en su artículo 75 que, a los únicos efectos del ingreso en los Centros Universitarios, todas las universidades públicas andaluzas podrán constituirse en un Distrito Único, encomendando la gestión del mismo a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. Teniendo en cuenta el R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas, y previa deliberación e informe favorable de la Comisión Asesora de Posgrado, adopta de manera anual acuerdos por los que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios.

Estas disposiciones se completan con la Normativa Reguladora de los Estudios de Máster Universitario aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada el 18 de mayo de 2015, que se detalla en el punto 4.4 de esta memoria.

Los aspirantes a cursar el Máster deberán estar en posesión de alguno de los Títulos de Grado o Licenciado requeridos para ser admitidos en este Título de Máster. La Escuela Internacional de Posgrado de la Universidad de Granada resolverá, con carácter previo a la preinscripción, sobre las posibilidades de acceso singulares, y la admisión de solicitudes de aspirantes con titulación obtenida en el extranjero.

Criterios de admisión y baremo

  • Se valorará en el proceso de admisión la formación previa del estudiante, así como su adecuación a los objetivos formativos del máster.

  • No se fijan pruebas de acceso especiales, tan sólo haber cursado los complementos formativos específicos establecidos por la Comisión Académica del Máster según el perfil del candidato.

  • Junto a la formación académica, se atenderá a la competencia profesional e investigadora de los preinscritos, efectuándose la adjudicación de plazas según los siguientes criterios de valoración, aplicados por la Comisión Académica del Máster, y cuya suma máxima será de 100 puntos:

    • Expediente académico en la titulación de acceso (máximo 70 puntos).

    • Adecuación de perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa (máximo 10 puntos).

    • Otros méritos (máximo 20 puntos).

Complementos formativos

La Comisión Académica determinará los complementos formativos que deberá cursar, en su caso, el estudiante una vez analizado su currículum. De este modo, para compensar las deficiencias en materias relacionadas con el área de conocimiento, los tutores respectivos podrán recomendar la realización de determinadas asignaturas del grado de Historia del Arte, siempre de acuerdo con la Comisión. Como pauta general, los estudiantes que procedan de titulaciones diferentes a las de Historia del Arte deberán poseer conocimientos equivalentes a los impartidos en las asignaturas del grado en Historia del Arte:

  • Introducción al patrimonio histórico y bienes culturales (6 ECTS).

  • Historia del arte musulmán (6 ECTS)

  • Vocabulario e historia de las tipologías artísticas y constructivas (6 ECTS).

Sistema de transferencia y reconocimiento de créditos

Serán de aplicación al Máster las disposiciones recogidas en el Capítulo IV. Adaptación, Reconocimiento y Transferencia de créditos del Título III: Planificación docente del título de Máster Universitario y organización académica de la Normativa Reguladora de los Estudios de Máster Universitario (PDF) aprobada por Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada el 18 de mayo de 2015.