Reconocimiento de créditos en el máster

De conformidad con lo establecido en el RD 1393/2007, que regula las enseñanzas universitarias, y con las normativas de adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos y de regulación de los estudios de máster de la Universidad de Granada, en las enseñanzas oficiales de Máster podrán ser reconocidas materias, asignaturas o actividades relacionadas con el máster en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las enseñanzas superadas y los previstos en el plan de estudios del título de Máster Universitario.

Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores no universitarias y en enseñanzas universitarias no oficiales, así como la experiencia laboral y profesional acreditada, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias del máster. El número de créditos que sea objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios.

El plan de estudios del máster universitario en Ingeniería de Telecomunicación también contempla el reconocimiento de créditos por la realización de prácticas externas.

    Antes de realizar la solicitud de reconocimiento de créditos, es importante consultar la normativa de aplicación en la UGR y, muy especialmente, las pautas establecidas por la CAM del máster:

    Información general sobre los procedimientos de reconocimiento de créditos en los estudios de máster puede encontrarse en la Web de la Escuela Internacional de Posgrado, así como en procedimiento correspondiente de la sede electrónica de la UGR.