Acceso y admisión

El proceso de acceso al Máster se divide en dos partes: preinscripción (solicitud y publicación de la lista de estudiantes admitidos) y matrícula de los alumnos admitidos, que en ningún caso superarán las plazas ofertadas.

El proceso de preinscripción en Máster Oficiales de universidades públicas de Andalucía está coordinado por la Junta de Andalucía. Además, la Escuela de Posgrado de la Universidad de Granada provee información detallada del proceso matrícula, que se realiza en la propia Universidad. 

Para estudiantes de fuera de Granada, tiene dispone el Servicio de Alojamiento de la Universidad de Granada donde se puede encontrar ayuda para localizar el alojamiento que más se ajusta a las necesidades de cada estudiante.

Requisitos referidos a acceso y admisión

El Máster en Ingeniería Química está orientado preferentemente a los Graduados en Ingeniería Química, y se ha elaborado siguiendo las recomendaciones para títulos oficiales en el ámbito de la Ingeniería Química del Consejo de Universidades (Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, BOE de 4 de agosto de 2009). Siguiendo la citada Resolución, se adoptan las mismas condiciones de acceso fijadas en su Apartado 4.2, por lo que tendrán acceso al Máster:

  • Graduados en Ingeniería Química o titulados que hayan adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial (BOE de 29 de enero de 2009) por el que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales vinculados con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, y su formación esté de acuerdo con la que se establece en el apartado 5 de la orden antes citada, referido todo ello al módulo de Tecnología Específica de Química Industrial.

  • Graduados que cubran las competencias que se recogen en los módulos de formación básica y común a la rama industrial del apartado 5 de la Orden Ministerial por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales vinculado con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial. En este caso se deberán cursar los complementos necesarios para garantizar las competencias recogidas en el bloque de química industrial de la referida orden.

  • Otros Graduados que no cumplan los requisitos anteriores podrán acceder una vez que la Comisión Académica establezca los complementos de formación previa que se consideren necesarios.

Admisión al Máster

En el caso de que el número de preinscritos supere el número de plazas disponibles, se establece el siguiente orden de preferencia para las titulaciones de los aspirantes:

  • Ingenieros Químicos, Graduados en Ingeniería Química, Ingenieros Técnicos Industriales (Especialidad Química industrial) o titulaciones de nivel de formación equivalente que verifiquen los criterios fijados en el apartado 4.2.1 de la Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, BOE de 4 de agosto de 2009.

  • Graduados, ingenieros o licenciados que verifiquen los criterios fijados en el apartado 4.2.2 de la resolución mencionada anteriormente.

  • Otros graduados, ingenieros o licenciados del ámbito científico o tecnológico, que deberán cursar complementos de formación que establezca la Comisión Académica del Máster, para cada titulado, una vez acreditadas sus competencias, de modo que se asegure que adquieran las recogidas en el Anexo II de la resolución mencionada anteriormente.