Coordinación docente
El Coordinador del Máster ostenta la representación del Máster y ejerce las funciones de dirección y gestión ordinaria de este.
Será elegido por el profesorado del Máster entre el profesorado con vinculación permanente de la Universidad de Granada. En los Másteres Universitarios con orientación investigadora, el Coordinador deberá tener, al menos, un sexenio de investigación reconocido. Conforme al artículo 12 de la Normativa reguladora de los Estudios de Máster Universitario en la Universidad de Granada, aprobada en Consejo de Gobierno de esta universidad el 18 de mayo de 2015, son funciones del Coordinador del Máster las siguientes:
- Presidir la Comisión Académica.
- Actuar en representación de la Comisión Académica.
- Garantizar el cumplimiento de las tareas encomendadas a la Comisión Académica del Máster y la Comisión de Garantía de calidad
- Garantizar la organización de las actividades académicas del Máster y el cumplimiento de todas las tareas asignadas a cada profesor, incluyendo el Trabajo Fin de Máster y las Prácticas Externas.
- Informar a los Departamentos de la participación en el Máster Universitario del profesorado de los distintos ámbitos de conocimiento que conforman el Departamento y presentar al Centro la planificación docente anual del Máster Universitario.
- Coordinar el desarrollo y el seguimiento del plan de estudios.
- Proponer a la Escuela Internacional de Posgrado, dentro de los plazos que ésta establezca, las modificaciones en la oferta docente, estructura o profesorado aprobadas por la Comisión Académica del Máster.
- Informar al Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado en todos aquellos temas generales o específicos para los que sea convocado o se requieran sus informes.
- Difundir entre el profesorado del Máster Universitario cualquier información relativa a la gestión académica.
- Aquellas otras funciones que le asignen los órganos competentes.
La Comisión Académica del Máster es el órgano colegiado de dirección y gestión académica de las enseñanzas de Máster Universitario. Ejercerá sus funciones por un periodo de seis años.
Conforme a los artículos 9 y 10 de la Normativa reguladora de los Estudios de Máster Universitario en la Universidad de Granada, aprobada en Consejo de Gobierno de esta universidad el 18 de mayo de 2015, la Comisión Académica tendrá la siguiente composición:
- El Coordinador del Máster Universitario
- Hasta cinco miembros representantes del profesorado que imparte docencia en el Máster Universitario, elegidos entre y por las/os profesoras/es del Máster Universitario
- Un/a representante de las/os estudiantes, que será elegida/o cada año entre y por las/os estudiantes del Máster Universitario
- En los Másteres Universitarios que contemplan la realización de prácticas externas podrá haber un/a representante de las empresas y/o instituciones implicadas en tales programas de prácticas. Será propuesta/o por el Coordinador del Máster Universitario, oídas las empresas y/o instituciones,
- Siempre que sea necesario por los asuntos a tratar, se podrá requerir la participación y asesoramiento del Director de la Escuela Internacional de Posgrado, que podrá delegar en un miembro de su equipo de dirección o en un miembro de la Comisión Permanente de Rama correspondiente del Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado. Asimismo, se podrá requerir la participación y asesoramiento del Administrador de la Escuela Internacional de Posgrado, o miembro del PTGAS en quien delegue, para cuestiones relacionadas con la gestión administrativa del Máster Universitario.
- Uno de los representantes del profesorado, designado por el Coordinador del Máster, actuará como Secretario/a de la Comisión.
Son funciones de la Comisión Académica del Máster:
- Asistir al Coordinador.
- Elaborar su Reglamento de régimen interno.
- Elaborar la propuesta de programación del Máster.
- Llevar a cabo la selección de los estudiantes.
- Proponer al Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado (CAEP) modificaciones en los requisitos de acceso específicos, en los criterios de selección de estudiantes y en el número de plazas ofertadas, para su aprobación.
- Elaborar la organización docente.
- Establecer con antelación suficiente al inicio del curso académico la programación docente, los horarios y aulas para el desarrollo del plan de estudios, incluidos todos aquellos aspectos recogidos en las directrices para el desarrollo de la asignatura Trabajo Fin de Máster.
- Asignar un Tutor a cada estudiante de entre los profesores del Máster para la asignatura Trabajo Fin de Máster.
- Establecer criterios homogéneos de evaluación y resolver conflictos que pudieran surgir al respecto.
- Elevar propuestas de resolución de reconocimiento de créditos, solicitadas por los alumnos, al CAEP.
- Proponer las Comisiones que habrán de juzgar los Trabajos Fin de Máster.
- Proponer con anterioridad al inicio del curso académico correspondiente y dentro de los plazos establecidos por la Escuela Internacional de Posgrado, las modificaciones en la oferta docente, profesorado o estructura del programa de estudios que se estimen oportunas.
- Gestionar las Prácticas Externas.
- Gestionar la movilidad del profesorado y de los estudiantes.
- Gestionar los recursos del Máster.
- Nombrar la Comisión de Garantía Interna de Calidad del Máster, cuya composición y funciones habrán de ser definidas en la propuesta del título.
- Nombrar las Comisiones que la propia Comisión Académica estime oportunas para el óptimo desarrollo del plan de estudios del Máster Universitario. Las actividades y propuestas de estas Comisiones deberán estar sujetas a la aprobación de la Comisión Académica.
- Garantizar los mecanismos para salvaguardar los derechos de los estudiantes que cursen un título suspendido (la Comisión Académica del Máster suspendido o la del Máster que lo sustituya) hasta su finalización y permitir a los estudiantes la superación de las enseñanzas una vez suspendidas definitivamente.
- Aquellas otras que les asignen los órganos competentes.