Guía docente de Políticas, Gestión y Marco Jurídico de la Comunicación en Entornos Digitales (MB2/56/1/3)

Curso 2025/2026
Fecha de aprobación por la Comisión Académica 06/06/2025

Máster

Máster Universitario en Nuevos Medios Interactivos y Periodismo Multimedia

Módulo

Módulo 1: Fundamentos Teóricos y Metodológicos de la Investigación Audiovisual y Multimedia

Rama

Ciencias Sociales y Jurídicas

Centro Responsable del título

Escuela Internacional de Posgrado

Semestre

Créditos

3

Tipo

Obligatorio

Tipo de enseñanza

Presencial

Profesorado

  • Juan Carlos Fernández Molina
  • María Asunción Torres López

Horario de Tutorías

Juan Carlos Fernández Molina

Email
No hay tutorías asignadas para el curso académico.

María Asunción Torres López

Email
No hay tutorías asignadas para el curso académico.

Breve descripción de contenidos (Según memoria de verificación del Máster)

  • 1. Libertad de expresión y censura en el entorno digital.
  • 2. Los derechos de autor digital. 
  • 3. Derechos fundamentales y la protección de datos de carácter personal en Internet.
  • 4. Régimen jurídico de la Publicidad en el entorno digital.  Intervención administrativa en la actividad publicitaria. El control del contenido.

Prerrequisitos y/o Recomendaciones

En el caso de utilizar herramietas de IA para el desarrollo de la asignatura, el estudiante debe adoptar un uso ético y responsable de las mismas, teniendo en cuenta las Recomendaciones para el uso de la Inteligencia Artificial en la UGr, documento disponible en: https://ceprud.ugr.es/formacion-tic/inteligencia-artificial/recomendaciones-ia#contenido0

Competencias

Competencias Básicas

  • CB6. Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación.
  • CB7. Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio.
  • CB8. Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios.
  • CB9. Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
  • CB10. Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.

Competencias Generales

  • CG01. Exponer de forma adecuada los resultados de una investigación de manera oral o por medios audiovisuales o informáticos conforme a los principios disciplinares básicos de las ciencias de la comunicación.  
  • CG02. Apreciar el papel, trascendencia, proyección y consecuencias en los terrenos individual, social, cultural y político de la comunicación no sólo como práctica profesional, sino como dimensión transversal propia de las sociedades contemporáneas. 

Competencias Específicas

  • CE04. Comprender y ser capaz de aplicar las diferentes soluciones (legal, tecnológica y contractual) para regular los derechos de autor de las obras digitales. 
  • CE05. Conocer las características de la publicidad a través de internet para analizar la complejidad del marco normativo aplicable.  

Competencias Transversales

  • CT05. Utilizar los principios y valores constitucionales como herramientas de trabajo en el desempeño de actividades comunicativas. 
  • CT07. Reconocer los principales cambios que la institucionalización de Internet como medio masivo de comunicación conlleva para el periodismo multimedia y la comunicación audiovisual en medios interactivos.  

Resultados de aprendizaje (Objetivos)

  • Entender las nuevas formas de censura y control de contenidos en el entorno digital, promoviendo una conducta ética y una formación deontológica que oriente el quehacer de los alumnos como profesionales de la información y la comunicación con arreglo al compromiso cívico derivado de la comunicación social como bien público.
  • Ser capaz de analizar la legislación en materia de protección de datos para su comprensión y aplicación práctica contribuyendo a garantizar principios y valores constitucionales como herramientas de trabajo en el desempeño de actividades comunicativas.

Programa de contenidos Teóricos y Prácticos

Teórico

 

TEMA1. La protección de datos en Internet. 1. El derecho de protección de datos personales como derecho fundamental. 2. Régimen jurídico. Reglamento General de Protección de Datos. 3. Derechos y deberes. 4. Garantías ante las nuevas tecnologías. 

 

TEMA 2. La publicidad en Internet. 1. Régimen jurídico de la publicidad. 2. Intervención pública y control de contenidos. 3. La actividad publicitaria en Internet y su control. Las políticas de privacidad y la publicidad comportamental. 

 

TEMA 3. Libertad de expresión y censura en el entorno digital. 1. Desinformación y libertad de expresión: deepfakes y fake news. 2. El discurso del odio: ¿ejercicio de libertad o abuso de derecho?

 

TEMA 4. Los derechos de autor digital. 1. Copyleft, acceso abierto creative commons. 2. El chatGPT. ¿Usar la IA en el entorno docente es raude académico?

 

Práctico

 

  • Estudios de los principales leading cases judiciales que afectan al mundo de la comunicación en entornos digitales: protección de datos, publicidad, libertad de expresión y censura y derechos de autor.

Bibliografía

Bibliografía fundamental

  • Corredoira, L. & Cotino, L. (eds.) (2013). Libertad de expresión e información en Internet: amenazas y protección de los derechos personales. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
  • Cotino Hueso, L. y Simón Castellano, P. (eds.) (2024), Tratado sobre el Reglamento de Inteligencia Artificial de la Unión Europea. Aranzadi.
  • Durán Ruiz, F. J. (ed.), (2018), Desafíos de la protección de menores en la sociedad digital. Tirant Lo Blanch. 
  • Encabo, M.A. (ed.) (2013). Periodismo y derecho de autor. Reus.
  • Gavara, J.C. (ed.) (2014). El control de los cibermedios. Bosch.
  • Guichot, E. (ed.) (2013). Derecho de la comunicación. Iustel.
  • Guichot, E. & Barrero Rodríguez, C. (2023). El derecho de acceso a la información pública (2ª ed.). Tirant lo Blanch.
  • Landa, J.M., Garro, E. Anderez, M. & Gordon. J. (2023). La libertad de expresión en tiempos convulsos. Tirant lo Blanch.
  • Linde, E., Vidal, J.M. & Medina, S. (2013). Derecho audiovisual. COLEX.
  • Pérez Conchillo, E. (2023), Transparencia y derecho de acceso a la información pública: configuración y naturaleza constitucional. Aranzadi. 
  • Rozados Oliva, M. J. (2009). Derecho Administrativo de la Publicidad. Tirant Lo Blanch.
  • Santamaría Ramos, F.J. (Ed.) (2024). Derechos digitales. Tirant lo Blanch.
  • Serrano Fernández, E. (dir.) (2019). Medios de comunicación, contenidos digitales y derecho de autor. Reus.
  • Torres López, M.A., Souvirón Morenilla, J.M. y Rozados Oliva, M.J. (2014). Elementos para el estudio del derecho de la comunicación. Tecnos.
  • Valiente Martínez, F. (2020). La democracia y el discurso del odio: límites constitucionales a la libertad de expresión. Dykinson.
  • Vázquez Alonso, V.J., (2023). La libertad del artista: censuras, límites y cancelaciones. Athenaica.

Bibliografía complementaria

  • Cooke, L. (2007). Controlling the net: European approaches to content and access regulation. Journal of Information Science, 33(3), 360-376.
  • De Miguel Asensio, P.A. (2017). Restricciones nacionales a la publicidad en Internet y Derecho de la Unión. La Ley Unión Europea, 49, 1-6.
  • Fernández Viagas, P. (2015). Inquisidores 2.0: el sueño del robot o el fraude de la libertad de información. Almuzara.
  • Lessig, L. (2004). Free culture. Versión en español: http://cyber.law.harvard.edu/blogs/gems/ion/Culturalibre.pdf
  • López Jiménez, D. (2013). La publicidad en Internet. Regulación y autorregulación. Aranzadi.
  • Martínez Martínez, R. (2020). Los tratamientos de datos personales en la crisis del COVID-19. Un enfoque desde la salud pública. Diario La Ley, nº 9604.
  • Morozov, E. (2012). El desengaño de internet: los mitos de la libertad en la red. Destino.
  • Piñar Mañas, J.L., dir. (2016). Reglamento general de protección de datos. Hacia un nuevo modelo europeo de privacidad, Reus,
  • Rozados Oliva, M.J. (2014). Limitaciones formales en materia de publicidad audiovisual. En: Balaguer Callejón, F. y Arana García, E. (eds.). Libro Homenaje al Profesor Rafael Barranco Vela, vol. II, Thomson Reuters-Civitas.
  • UNESCO (2013). Libertad de expresión. Caja de herramientas: guía para estudiantes. Unesco. http://www.unesco.org/new/fileadmin/MULTIMEDIA/FIELD/Quito/pdf/222792s.pdf

Enlaces recomendados

Metodología docente

  • MD01 Lección magistral/expositiva 
  • MD03 Resolución de problemas y estudio de casos prácticos 
  • MD07 Análisis de fuentes y documentos 
  • MD08 Realización de trabajos de producción y realización audiovisual en grupo 
  • MD09 Realización de trabajos de escritura de guiones, fotografía, montaje individuales 
  • MD14 Seguimiento y tutorización de ejercicios y foros online (plataforma Prado2) 

Evaluación (instrumentos de evaluación, criterios de evaluación y porcentaje sobre la calificación final.)

Evaluación Ordinaria

El artículo 17 de la Normativa de Evaluación y Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada establece que la convocatoria ordinaria estará basada preferentemente en la evaluación continua del estudiante, excepto para quienes se les haya reconocido el derecho a la evaluación única final.

  • Trabajo monográfico individual defendido en clase de forma oral (60%)
  • Participación y debates en clase (20%)
  • Test de control de lectura (20%).

Evaluación Extraordinaria

El artículo 19 de la Normativa de Evaluación y Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada establece que los estudiantes que no hayan superado la asignatura en la convocatoria ordinaria dispondrán de una convocatoria extraordinaria. A ella podrán concurrir todos los estudiantes, con independencia de haber seguido o no un proceso de evaluación continua. De esta forma, el estudiante que no haya realizado la evaluación continua tendrá la posibilidad de obtener el 100% de la calificación mediante la realización de una prueba y/o trabajo.

• El sistema de evaluación consistirá en la entrega de un trabajo de investigación teórico-práctica que computará por el 100% de la calificación. El/los estudiantes que deban hacer esta entrega deberán solicitar el enunciado de la misma con antelación suficiente.

Evaluación única final

El artículo 8 de la Normativa de Evaluación y Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada establece que podrá acogerse a la evaluación única final el estudiante que no pueda cumplir con el método de evaluación continua por causas justificadas. Para acogerse a la evaluación única final, el estudiante, en las dos primeras semanas de impartición de la asignatura o en las dos semanas siguientes a su matriculación si ésta se ha producido con posterioridad al inicio de las clases o por causa sobrevenidas. Lo solicitará, a través del procedimiento electrónico, a la Coordinación del Máster, quien dará traslado al profesorado correspondiente, alegando y acreditando las razones que le asisten para no poder seguir el sistema de evaluación continua.

  • El sistema de evaluación consistirá en la entrega de un trabajo de investigación teórico-práctica que computará por el 100% de la calificación. El/los estudiantes que deban hacer esta entrega deberán solicitar el enunciado de la misma con antelación suficiente.

Información adicional

Información sobre el Plagio (artículo 15 de la Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada)

1. La Universidad de Granada fomentará el respeto a la propiedad intelectual y transmitirá a los estudiantes que el plagio es una práctica contraria a los principios que rigen la formación universitaria. Para ello procederá a reconocer la autoría de los trabajos y su protección de acuerdo con la propiedad intelectual según establezca la legislación vigente.

2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero en la asignatura en la que se hubiera detectado, independientemente del resto de las calificaciones que el estudiante hubiera obtenido. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien.

3. Los trabajos y materiales entregados por parte de los estudiantes tendrán que ir firmados con una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente.

Información de interés para estudiantado con discapacidad y/o Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE): Gestión de servicios y apoyos (https://ve.ugr.es/servicios/atencion-social/estudiantes-con-discapacidad).