El plazo de presentación de solicitudes de reconocimiento de créditos será del 3 de octubre de 2011 al 15 de marzo de 2012, excepto cuando se trate de finalizar estudios, en cuyo caso se podrá solicitar durante todo el curso académico.
(Según Resolución del Rectorado de la Universidad de Granada de 27 de Junio de 2011 Art 4.4)
Las solicitudes deberán ir acompañadas de toda la documentación necesaria para proceder a su resolución; en particular:
En caso de que la mencionada documentación no esté en español se deberá adjuntar traducción jurada de la misma.
(Según Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada Art 18.1)
El alumnado que solicite el reconocimiento de créditos conforme a lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, abonará el treinta por ciento de los precios públicos y tasas correspondientes.
El órgano competente deberá resolver en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de solicitud. Transcurrido dicho plazo se entenderá desestimada la solicitud.
Contra estas resoluciones, los interesados podrán presentar recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de Granada, cuya resolución agotará la vía administrativa.
(Según Reglamento sobre adaptación, reconocimiento y transferencia de créditos en la Universidad de Granada Art 19)