Descripción detallada del programa de estudios

Plan de actuación COVID-19.

El plan de adaptación de la enseñanza para el curso 2020-2021 se encuentra en https://covid19.ugr.es/. Esta página se irá actualizando a lo largo del curso.

Normativa sobre másteres y directrices que re gulan el TFM: Normativa

Evaluación

Todo lo relativo a la evaluación se regirá por la Normativa de de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada Normativa

Las pruebas de evaluación de la adquisición de las competencias serán diversificadas. Con carácter general la evaluación se realizará mediante:

  • SE1. Exámenes escritos y orales sobre las materias.
  • SE2. Tareas especializadas tales como ensayos, informes y diarios de clase, notas de prensa, evaluaciones críticas, resúmenes ejecutivos, informes de Workshops.
  • SE3. Exposiciones orales, individuales o en grupo, de trabajos sobre contenidos de la materia (seminario) y sobre ejecución de tareas prácticas correspondientes a competencias concretas.
  • SE4. Observación por los profesores y tutores de las conductas que realiza el alumno en la ejecución de tareas o actividades que se correspondan con las competencias, así como el grado de participación.
  • SE5. La Memoria del trabajo fin de máster será defendida públicamente ante una Comisión nombrada al efecto, según las normas establecidas en el Centro para tales trabajos. La valoración también se ajustará a las normas establecidas. A la defensa pública por parte del alumno, seguirá una discusión con la Comisión encargada de valorar la adquisición de las competencias establecidas.

La superación de cualquiera de las pruebas no se logrará sin un conocimiento uniforme y equilibrado de toda la materia.

Calificación

El sistema de calificaciones se expresará mediante calificación numérica de acuerdo con lo establecido en el Art. 5 del R. D 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en el territorio nacional.

Para cada materia/asignatura la calificación, de manera orientativa, será:

  1. los exámenes supondrán un 30% de la calificación final.
  2. las tareas especializadas otro 30%.
  3. la elaboración y exposición de trabajos etc. otro 30%.
  4. la participación y actitud un 10%.

La calificación global responderá a la puntuación ponderada de las diferentes materias/asignaturas.

NOTA IMPORTANTE SOBRE LA CALIFICACIÓN DEL TFM:

NO APARECE LA NOTA DEL TFM AUNQUE EL ACTA ESTÁ ENVIADA Y VALIDADA.Esto se debe a que los estudiantes no pueden ver la nota del TFM hasta que no cumplen los requisitos para la obtención del título. Así viene reflejado en el artículo 27 de la Normativa reguladora de los estudios de máster universitario en la Universidad de Granada (Aprobada en el Consejo de Gobierno de la UGR de 18 de mayo de 2015).

CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Normativa

El reconocimiento y transferencia de créditos se regirá por el Reglamento establecido a tal efecto por la Universidad de Granada y conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1393/2007 y 861/2010. Los criterios propuestos básicamente son los siguientes.

  • Reconocimiento de créditos

En las enseñanzas oficiales de este Máster podrán ser reconocidas materias/asignaturas o actividades (procedentes de enseñanzas superiores oficiales, titulaciones propias, experiencia laboral, experiencia profesional, etc.) relacionadas con el Máster en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las enseñanzas superadas y los previstos en el plan de estudios del título de Máster Universitario.

En el caso de títulos oficiales de Máster que habiliten para el ejercicio de profesiones reguladas, se reconocerán los créditos de los módulos, materias/asignaturas definidos en la correspondiente norma reguladora.

En caso de no haberse superado íntegramente un determinado módulo, el reconocimiento se llevará a cabo por materias en función de las competencias y conocimientos asociados a las mismas.

Los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Doctorado podrán ser reconocidos en las enseñanzas de Máster Universitario. Dicho reconocimiento se realizará teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el Máster Universitario.

Los criterios de reconocimiento serán de aplicación a los estudios realizados en el extranjero en el marco de convenios de movilidad internacional o en régimen de libre movilidad internacional, de acuerdo con la normativa en materia de movilidad internacional de estudiantes vigente en la Universidad de Granada.

  • Transferencias de créditos

Se incorporará al expediente académico de cada estudiante la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas y superadas con anterioridad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

El Consejo Asesor de Enseñanzas de Posgrado de la Escuela de Posgrado de la Universidad de Granada será el órgano competente para resolver las solicitudes de reconocimiento de créditos, previa propuesta de la Comisión Académica del Máster Universitario.

En relación a los estudios realizados en universidades fuera de España, la Universidad ha establecido el pleno reconocimiento de los estudios realizados en la universidad de destino, de acuerdo con el compromiso establecido en la Erasmus Charter (Acción 1 del subprograma Erasmus).

Las Normas Generales de la Universidad de Granada sobre Movilidad Internacional de Estudiantes aprobadas por el Consejo de Gobierno de 9 de mayo de 2005, en su Art. 4.a) (http://www.ugr.es/~ofirint/guia_normas/normas_generales.htm) amplían este derecho al reconocimiento académico del programa de estudios cursado en una institución extranjera a todos los “estudiantes de intercambio” de la Universidad de Granada.

La particularidad del reconocimiento de créditos en los programas de movilidad internacional de estudiantes es de carácter procedimental: el reconocimiento debe quedar garantizado con carácter previo a la ejecución de la movilidad. Para ello, los términos del reconocimiento se plasmarán en un pre-acuerdo de estudios o de formación que, como su nombre indica, ha de firmarse antes del inicio de la movilidad y que compromete a la institución de origen a efectuar el reconocimiento pleno, en los términos establecidos en el mismo, una vez el estudiante demuestre que efectivamente ha superado su programa de estudios en la institución de acogida.

  • Complementos de formación:

La Comisión Académica del Máster con la asistencia del resto del equipo docente del Máster, analizará con cada uno de los estudiantes, su orientación profesional y áreas de interés, su formación previa en relación a las materias del Máster y le asesorará en la elección de empresas y de módulos optativos, así como posibles complementos de formación al margen del Máster. Estos complementos de formación serán materias que se impartan en la Universidad de Granada. La realización de estos complementos no es obligatoria. En cuanto a su planificación, deberán realizarse antes de la realización del master. Asimismo, asesorará sobre las posibilidades de movilidad y sobre otros estudios a realizar al terminar el Máster y decidirá de acuerdo con todas las circunstancias la distribución de alumnos para el trabajo Fin de Máster.

Normativa de Evaluación y de Calificación de los Estudiantes de la Universidad de Granada Normativa evaluación y calificación UGR

Nota de la Escuela de Posgrado: “Nos resulta de gran interés indicarte que las nuevas enseñanzas de Máster se constituyeron como enseñanzas oficiales adaptadas al crédito europeo desde el curso 2010/2011 y acorde a lo estipulado en el RD1393/2007 y el RD861/2010. De ahí que se hayan desarrollado y derivado una serie de normativas que te afectan como estudiante garantizando unos derechos que de otra manera se verían vulnerados. Esta normativa está recogida en http://escuelaposgrado.ugr.es/masteres_oficiales/normativa. Destaca la que regula las prácticas externas, el reconocimiento de créditos, las normas de permanencia o las directrices del TFM. Estas dos últimas garantizan el derecho a dos convocatorias por curso académico (junio/julio y septiembre) para todas las asignaturas, incluido el Trabajo Fin de Máster (TFM). Agotadas estas convocatorias (que se agotan incluso si no te has presentado, como en Grado) podrás matricularlas de nuevo pero recuerda que el precio del crédito en segunda y tercera matrícula es más caro. La finalización de tus estudios de Máster en un curso académico es un objetivo prioritario si quieres solicitar becas FPU o la admisión en un Programa de Doctorado así como para evitar el sobrecoste mencionado. Esto es particularmente importante en el caso de la matrícula del TFM que puede tener una duración entre 6 y 30 ECTS. No obstante, si antes del 31 de diciembre eres consciente de que no vas a poder tener terminado el TFM en el curso académico, estás a tiempo de solicitar la modificación de tu matrícula y la devolución de precios públicos, algo que te permitirá no agotar las dos convocatorias del curso y te redimirá de los costes de segunda matrícula en el curso siguiente.”

RESOLUCIÓN DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2014 DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y NORMATIVOS DEL CONSEJO ASESOR DE ENSEÑANZAS DE POSGRADO SOBRE FECHA DE FINALIZACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

Con el fin de homogeneizar el proceso administrativo implicado en la finalización de estudios de Máster con relación a la emisión del correspondiente Suplemento Europeo al Título (SET) y a la vista de la disparidad de fechas que genera el sistema informático actual que recoge la fecha de finalización del Trabajo de Fin de Máster y las discrepancias que a veces surgen entre esta fecha y la fecha real de finalización de los estudios, esta Comisión resuelve acordar:

Que la fecha de finalización de estudios que conste en el expediente de cada estudiante sea de entre las siguientes la que más se aproxime a la fecha precedente en la que ha superado todos los créditos que le dan derecho a la obtención del Título de Máster correspondiente:

22 de diciembre. Para aquellos que finalicen sus estudios en un adelanto solicitado de convocatoria por finalización de estudios.

27 de febrero. Para aquellos que finalicen sus estudios en un adelanto solicitado de convocatoria por finalización de estudios o que han finalizado sus estudios de Máster de una duración entre 60-90 ECTS. 31 de julio. Para aquellos que finalicen sus estudios en la convocatoria de junio/julio.

30 de septiembre. Para aquellos que finalicen sus estudios en la convocatoria de septiembre.